lunes, 6 de junio de 2011

VALIDACIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN

VALIDACIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN

La validación farmacéutica de la prescripción médica es una actividad de prevención, identificación y/o resolución de PRM, basado en el doble chequeo, para mejorar la calidad de los procesos de prescripción y de preparación de medicamentos.

Validación administrativa de las prescripciones médicas: Proceso por el cual se realiza la revisión de la prescripción médica. El objetivo es establecer la revisión administrativa de las prescripciones para asegurar que éstas disponen de los datos mínimos necesarios.

Procedimiento.

Þ      Se realiza la revisión administrativa de las prescripciones médicas, verificando que constan en las mismas los datos necesarios para identificar al paciente y asegurar la legibilidad de la información.
Þ      La prescripción deberá contener los siguientes datos:
+ Fecha de la prescripción.
+ Nombre y apellidos del paciente.
+ Nº historia clínica.
+ Servicio clínico, unidad de hospitalización y cama.
+ Tratamiento actualizado con fecha de inicio, vía, dosis, intervalos, etc. señalando las modificaciones del tratamiento que motivan la nueva prescripción.
+ Nombre del médico prescriptor y firma.
Þ      En el caso de existencia de deficiencias administrativas o de legibilidad, la auxiliar de enfermería subsanará las mismas contactando directamente con la unidad de hospitalización.


Validación farmacéutica de las prescripciones médicas: Proceso por el cual el farmacéutico confirma la revisión de la prescripción médica. Se asegura de este modo que se ha entendido correctamente la prescripción, que es viable técnica y temporalmente, y que se han resuelto las posibles discrepancias entre lo prescrito y lo que va a dispensarse por parte del área. El objetivo es establecer la validación farmacéutica de las prescripciones farmacoterapéutica para asegurar que éstas disponen de los datos mínimos necesarios, que se tiene la capacidad de cumplirlas, que se resuelven las posibles diferencias con la prescripción inicial, y que se transfieren las posibles modificaciones.

Procedimiento.
1.- Los  farmacéuticos responsables de área  proceden a comprobar:
·      El diagnóstico para el cual se ha prescrito el tratamiento.
·      La adecuación individual de los medicamentos prescritos (especialidad farmacéutica, principio activo, dosis, vía de administración, intervalo posológico, forma farmacéutica, duración del tratamiento)
·      La adecuación del tratamiento farmacoterapéutico global (incompatibilidades, contraindicaciones, interacciones, forma y características de la administración, sustitución genérica, intercambio, protocolos fármaco terapéuticos, criterios de uso restringidos, etc.).

2.- El farmacéutico procede a la firma de la prescripción. Si falta información, se consulta directamente con el médico prescriptor. Si el tratamiento no se considera adecuado, se realiza la actuación farmacéutica oportuna.

3.- La comunicación farmacéutico - médico prescriptor, en su caso, es recomendable que se efectúe siempre que sea posible de forma directa, telefónica o en persona, con objeto de preservar la confidencialidad de la comunicación.

4.- Las actuaciones de atención farmacéutica deben ser registradas. Una de las herramientas útiles para la validación son las escalas de idoneidad y de complejidad farmacoterapéutica de la prescripción  que tiene como objetivo disminuir la variabilidad en el proceso de validación y mejorar su eficiencia.

Registro de las actuaciones/atención farmacéutica: El registro de atención farmacéutica es un registro de los resultados de las actividades cognitivas desarrolladas en el estudio de evaluación de la medicación por parte del farmacéutico. Se recogen los posibles problemas detectados en la prescripción médica, se propone una alternativa terapéutica, se registra la intervención y se comunica al médico prescriptor.
Procedimiento.

1.- Las intervenciones farmacéuticas deben ser registradas e impresas como hoja de informe, y deberán recoger:

+ Fecha de la intervención.
+ Paciente (nombre y apellidos, cama).
                + Tratamiento actualizado
+ Tipo de problema.
+ Medicamento relacionado con el problema.
                + Plan farmacoterapeútico o resolución del problema.
+ Alternativa farmacoterapéutica.
                + Identificación del farmacéutico.

Valoración de la gravedad de las consecuencias clínicas
No todos los incidente tendrán la misma consecuencia sobre el paciente, las decisiones y medidas correctoras que pongamos en marcha no pueden por tanto ser las mismas. Debemos entonces valorar la correlación del incidente detectado con un posible daño al paciente, es decir, será preciso estimar, en base a criterios farmacoterapéuticos, la gravedad de la consecuencia clínica del incidente detectado.
Lo primero que debemos plantearnos es si el incidente ha ocurrido, en cuyo caso instauraremos medidas correctoras, o por el contrario, se trata de un incidente potencial, en cuyo caso instauraremos medidas preventivas.
Para ello tendremos que clasificar la gravedad clínica asociada al incidente con la ayuda de la siguiente escala (6):
Nivel 0: El incidente NO llegó a ocurrir (ERRORES POTENCIALES).
Nivel 1: El error se produjo pero no resultó en daño.
Nivel 2: El incidente se produjo y dio lugar a un incremento en la MONITORIZACIÓN, sin provocar cambios en constantes vitales.
Nivel 3: El incidente se produjo y dio lugar a un incremento en la monitorización con CAMBIOS EN LAS CONSTANTES VITALES, pero sin provocar daños añadidos.
Nivel 4: El incidente se produjo y dio lugar a la necesidad de TRATAMIENTO con otros fármacos o al incremento en la ESTANCIA HOSPITALARIA.
Nivel 5: El incidente se produjo y dio lugar a un DAÑO PERMANENTE en el paciente.
Nivel 6: El incidente se produjo y produjo la muerte del paciente.

En el caso de que hayamos seleccionado un incidente de Nivel 0, tendremos que proceder a clasificar la gravedad potencial y estimada del caso en base a la siguiente escala:
Nivel 1: Incidente SIN capacidad de producir daño.
Nivel 2: Incidente con capacidad de producir un incremento en la MONITORIZACIÓN, sin provocar cambios en constantes vitales.
Nivel 3: Incidente con capacidad de producir un incremento en la monitorización con CAMBIOS EN LAS CONSTANTES VITALES, pero sin provocar daños añadidos.
Nivel 4: Incidente con capacidad de producir la necesidad de TRATAMIENTO con otros fármacos o incremento en la ESTANCIA HOSPITALARIA.
Nivel 5: Incidente con capacidad de producir un DAÑO PERMANENTE en el paciente.
Nivel 6: Incidente con capacidad de producir la muerte.

Valoración de la naturaleza del incidente
Hay otros aspectos del incidente que nos van a proporcionar información útil sobre la naturaleza del incidente:
a)       ¿En qué proceso de la cadena farmacoterapéutica ha ocurrido? Cuando el origen de detección del incidente sea la hoja de prescripción médica, habitualmente los incidentes se originarán o en el proceso de prescripción o en el proceso de transición asistencial. No obstante es frecuente también la comunicación y/o detección de incidentes de otra naturaleza como errores en la administración o generados en el propio servicio de farmacia, los cuales deben igualmente ser procesados.
b)       ¿De qué tipo de incidente se trata? Lo clasificaremos entre 28 tipos diferentes de error.
c)       ¿Quién ha descubierto el incidente? Esto nos proporcionará información acerca de qué estrategias implementar porque sean eficaces (filtros a auxiliares, métodos de validación prospectiva del farmacéutico residente, etc).

Asistentes para la valoración.






Estos fueron unos de los ejemplo de asistentes para la valoración de  prescripción es pero para una valoración y validación real son necesarios el conocimiento de todas las tablas y especificaciones.

Implementación de medidas correctoras y/o preventivas mediante Intervenciones Farmacéuticas para cada Incidente de Medicación detectado
 Se trata de adoptar intervenciones (algunas carácter preventivo y otras de carácter resolutivo) que tienen como fin único y exclusivo la protección al paciente. Es por tanto una medida que se instaurará sólo en aquellos casos en que la ausencia de una Intervención Farmacéutica (IF) pueda provocar un daño al paciente.
Una vez finalizada la valoración, con toda la información que ya hemos debido de recabar (ya sabemos la naturaleza del incidente y las consecuencias del mismo), estamos en condiciones de implementar una acción que sea eficaz y que resulte en la máxima seguridad del paciente.
Tenemos las siguientes herramientas como medidas correctoras y/o preventivas:
a). Establecer una Recomendación de Optimización Farmacoterapéutica (ROF)
b). Intervención DIRECTA sobre prescripción, cuando es conveniente actuar (ej. Bloqueo de dispensación ante alergia) sin esperar a un cambio en la prescripción, pero que requieren una ratificación médica verbal.
C). Subsanar el error en otros procesos de la cadena farmacoterapéutica. Nos referimos con esto a todas aquellas acciones que no están encaminadas a generar un impacto en el proceso de prescripción o de monitorización porque la fuente del error esté en otro lugar de la cadena (errores de transcripción, de dispensación, de preparación de mezclas intravenosas, o de administración). Son acciones que implementamos directamente, sin precisar la ratificación del médico (subsanar errores de administración o de preparación de mezclas o de dispensación, etc).

1 comentario:

  1. como fue que nacio la validación de la idoneidad en la prescripcion

    algun articulo que me pueda dar ionformacion de cuando fue mas oficial el proceso

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